Elecciones al Parlamento Europeo 2024: ¿y si tengo actividad scout?


Te contamos lo que debes saber si no vas a poder acudir a votar presencialmente el próximo 9 de junio o si te toca mesa electoral

El próximo domingo 9 de junio todas las personas mayores de 18 años que residen en la Unión Europea están llamadas a acudir a las urnas para votar en las Elecciones al Parlamento Europeo. Pero, ¿y si ese día tienes una actividad scout, reunión o campamento y no puedes acudir presencialmente a ejercer tu derecho al voto? Te contamos cómo hacerlo por correo, las fechas clave del proceso y también qué ocurre si te corresponde estar en una mesa electoral.


Solicita el voto por correo

El procedimiento del voto por correo es muy sencillo y te permite ejercer tu derecho sin necesidad de desplazarte físicamente al colegio electoral. Para poder votar por correo estas son las fechas clave:

  • 30 de mayo: la solicitud del voto por correo se puede gestionar hasta esta fecha, bien de manera presencial en cualquier oficina de Correos presentando tu DNI, pasaporte, permiso de conducir o tarjeta de residencia; o a través de la página web de Correos.
  • 6 de junio: último día para enviar el voto por correo certificado. Una vez recibida la documentación en la dirección que indicaste al solicitar el voto por correo, puedes entregarla en cualquier oficina de Correos de España. Recuerda llevar contigo un documento que acredite tu identidad (DNI, pasaporte u otro documento identificativo).
  • 9 de junio: fecha de las Elecciones; recuerda que si solicitaste el voto por correo, aunque finalmente pudieras acudir presencialmente a votar, no podrás hacerlo.
Elecciones Europeas_Infografía

Para encontrar la oficina más cercana a tu ubicación, puedes utilizar el localizador de oficinas de Correos en su página web oficial.


¿Y si te toca formar parte de una mesa electoral?

Si eres scout y te ha correspondido formar parte de una mesa electoral en las elecciones del 9 junio, pero al mismo tiempo tienes programado asistir a un campamento o cualquier otra actividad con tu grupo, la Junta Electoral Central no incluye entre sus excepciones de carácter personal ninguna a la que puedas acogerte para ausentarte de la mesa electoral por este motivo. Solo si has formado parte de una mesa electoral con anterioridad, al menos en tres ocasiones en los últimos diez años, podrías excusar tu presencia.

No obstante, aquí puedes consultar todos los impedimentos y excusas justificadas para los cargos de Presidente y Vocal de las Mesas electorales.


Cómo presentar alegaciones

Ante la duda, siempre tenemos la opción de presentar una alegación. Esta se podrá interponer ante la Junta Electoral de Zona correspondiente en los 7 días posteriores a la recepción de la notificación de pertenencia a una mesa electoral. La Junta Electoral de la zona resolverá la alegación, sin posibilidad de recurso, en un plazo de 5 días.

Y recuerda, tanto si decides votar como si no, las Elecciones al Parlamento Europeo del próximo 9 de junio son una oportunidad para opinar sobre el futuro de Europa.


Más información:

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